REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES DE CONSTRUCCIÓN CIVIL

¿Qué es el RETCC?

Es un registro que tiene por finalidad convertirse en una base de datos confiable que permita identificar a los trabajadores del sector de construcción civil, conocer el flujo de trabajadores y proporcionarles las ofertas de trabajo, contribuir a la capacitación y certificación de las competencias laborales de los trabajadores de construcción civil; así como contar con una fuente de información especializada para las actividades de prevención y control de la policía nacional del Perú y el sistema de inspección de trabajo.

Se creó el Registro Nacional de Trabajadores de Construcción Civil – RETCC, mediante el Decreto Supremo N° 005-2013-TR, publicado el 23 de Julio de 2013, asimismo se aprobó el respectivo reglamento. Luego, a través de la Resolución Ministerial N° 161-2013-TR, se estableció las Normas Complementarias para la adecuada implementación y procedimiento de inscripción del RETCC. Posteriormente con el Decreto Supremo N° 009-2016-TR, de fecha 20 de Julio del 2016, queda sin efecto el D.S. N° 005-2013-TR, aprobando el Nuevo Reglamento del Registro Nacional de Trabajadores de Construcción Civil, atendiendo a lo dispuesto por el artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1187 que previene y sanciona la violencia en la actividad de construcción civil.

Es importante señalar que dicha inscripción habilita al trabajador para laborar en la actividad de construcción civil en obras que superan los 50 UITs.

¿Quiénes deben registrarse?

Se aplica de manera OBLIGATORIA a todos los trabajadores que realizan actividades de construcción civil. El registro es requisito para laborar en dicha actividad a nivel nacional

La Inscripción es GRATUITA.

No están comprendidas las personas naturales que construyan directamente sus propias unidades de viviendas, ni es exigible la inscripción para laborar en obras cuyos costos individuales no excedan las 50 UIT

¿Cuáles son los requisitos para la inscripción?

Inscripción

    • Solicitud de inscripción en el RETCC, según formato. (Descargar)
    • Declaración jurada. (Descargar)
    • Copia simple de DNI.
    • Copia simple del CERTIFICADO O CONSTANCIA DE CAPACITACIÓN O CERTIFICACIÓN DE COMPETENCIAS LABORALES emitida por SENCICO u otras entidades públicas o privadas, habilitadas para capacitar o certificar las competencias laborales en la actividad de construcción civil. (opcional)
    • Copia simple del CERTIFICADO O CONSTANCIA DE TRABAJO, RESPECTO A LAS OBRAS EN LAS QUE HUBIERA LABORADO DENTRO DE LOS DOS AÑOS ANTERIORES A LA INSCRIPCIÓN; los mismos que deberán precisar la identificación del empleador, fecha de inicio y fin del vínculo, y el puesto u ocupación desempeñado. (opcional)
    • NO REGISTRAR ANTECEDENTES PENALES POR LA COMISIÓN DE CIERTOS DELITOS TIPIFICADOS EN EL CÓDIGO PENAL (SEÑALADOS EN EL REGLAMENTO DEL RETCC).

Renovación

Opción N° 1:

    • Solicitud de renovación de RETCC, según formato. (Descargar)
    • Declaración jurada. (Descargar)
    • Copia simple de DNI.
    • Copia simple del CERTIFICADO O CONSTANCIA DE TRABAJO, RESPECTO A LAS OBRAS EN LAS QUE HUBIERA LABORADO DENTRO DE LOS DOS AÑOS ANTERIORES A LA RENOVACIÓN; los mismos que deberán precisar la identificación del empleador, fecha de inicio y fin del vínculo, y el puesto u ocupación desempeñado.
      • Peón: 6 meses.
      • Oficial – Operario: 9 meses.

Opción N° 2:

    • Solicitud de renovación de RETCC, según formato. (Descargar)
    • Copia simple de DNI.
    • Copia simple del CERTIFICADO O CONSTANCIA DE CAPACITACIÓN O CERTIFICACIÓN DE COMPETENCIAS LABORALES emitida por SENCICO u otras entidades públicas o privadas, habilitadas para capacitar o certificar las competencias laborales en la actividad de construcción civil.
      • Peón: 16 horas de capacitación como mínimo.
      • Oficial – Operario: 32 horas como mínimo.
    • Copia simple del certificado o constancia de trabajo (boleta de pago) por un mes.

Duplicado

    • Solicitud dirigida a la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo – Apurímac.
    • Pago de tasa administrativa del 1% de una UIT abonado al N° de cuenta 0181-016191 del Gobierno Regional de Apurímac en el Banco de la Nación.
    • Adjuntar boucher original del pago de tasa.
    • Copia de DNI.