DIRECCIÓN DE PREVENCIÓN Y SOLUCIÓN DE CONFLICTOS Y PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES

La Dirección de Prevención y Solución de Conflictos es el órgano de línea encargado de proponer y ejecutar las políticas regionales y funciones sustantivas en materias socio laborales, de relaciones colectivas e individuales de trabajo, prevención y solución de conflictos laborales, asesoría y defensa legal al trabajador, responsabilidad social empresarial, seguridad social, promoción y protección de los derechos fundamentales y difusión de la normativa laboral en el marco de su competencia. Depende jerárquicamente de la Dirección Regional.

Funciones específicas de la Dirección de Prevención y Solución de Conflictos

  1. Coordinar, participar y ejecutar las políticas y los planes nacional y sectorial en materia socio laboral y de promoción y protección de derechos fundamentales laborales.
  2. Expedir Resoluciones y resolver los recursos de impugnación y otros dentro del marco de su competencia y la normativa vigente.
  3. Proponer directivas y procedimientos a la Dirección Regional en relación al ámbito de su competencia.
  4. Realizar acciones para asegurar el ejercicio de la libertad de trabajo, prevenir y contribuir a la prevención y erradicación del trabajo forzoso y el trabajo infantil.
  5. Ejecutar acciones de promoción sobre la igualdad de oportunidades y no discriminación, con énfasis en la protección de la madre gestante, el adolecente trabajador y personas con capacidades diferentes.
  6. Autorizar el trabajo de adolescentes, así como coordinar y promover la protección de los derechos de los menores.
  7. Administrar los procedimientos y registros administrativos a su cargo, evaluando y proponiendo las mejoras necesarias.
  8. Proponer la implementación de sistemas, modelos, mecanismos y procedimientos de atención de consultas, denuncias, reclamos y sugerencias en el ámbito de su competencia.
  9. Emitir opinión técnica especializada en el ámbito de su competencia.
  10. Ejecutar las actividades de su competencia del Plan de Actividades de la Dirección Regional.
  11. Cumplir otras funciones que le asigne la Dirección Regional.