DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DEL TRABAJO

La Dirección de Inspección del Trabajo es el órgano de línea responsable de proponer y ejecutar las políticas regionales y funciones sustantivas en materia de inspección del trabajo; así como vigilar y supervisar el cumplimiento de la normativa socio laboral y de procedimiento, en materia de inspección del trabajo en el ámbito del Gobierno Regional Apurímac.  Depende jerárquicamente de la Dirección Regional.

Funciones específicas de la Dirección de Inspección del Trabajo

  1. Coordinar, participar y ejecutar las políticas y los planes nacional y sectorial en materia de inspección del trabajo.
  2. Elaborar y proponer los lineamientos técnicos y directivas internas para la aplicación de la   normativa en materia de inspección del trabajo.
  3. Expedir resoluciones y resolver los recursos de impugnación y otros en el marco de sus competencias y en concordancia a la normativa vigente.
  4. Conducir los procedimientos a su cargo y los registros de carácter administrativo para la generación de información y estadísticas sobre Inspección del Trabajo.
  5. Planificar, monitorear y evaluar el procedimiento inspectivo proponiendo normas para su mejora continua.
  6. Planificar y promover las actuaciones inspectivas a fin de garantizar el cumplimiento de la normativa sociolaboral y de seguridad y salud en el trabajo con énfasis en el ejercicio de los derechos fundamentales en el ámbito laboral.
  7. Proponer la suscripción de convenios y alianzas estratégicas para el fortalecimiento de la Inspección del Trabajo, así como proponer programas de capacitación para los Inspectores del Trabajo.
  8. Promover campañas de difusión de la normativa sociolaboral y seguridad y salud en el trabajo, a través de la organización de talleres y seminarios, así como operativos de Orientación y Asistencia Técnica.
  9. Emitir los informes solicitados por los órganos judiciales y administrativos competentes, en el ámbito de su competencia.
  10. Otras funciones que le asigne la Dirección Regional.