Registro Nacional de Empresas y Entidades que Realizan Actividades de Intermediación Labora
La Intermediación Laboral comprende a las empresas de servicios constituidas como personas jurídicas de acuerdo a la Ley General de Sociedades (SRL., SA., SAC.) o como cooperativas conforme a la Ley General de Cooperativas (Coop. de Trabajo Temporal y Coop. de Trabajo y Fomento del Empleo), que tienen como objeto exclusivo la prestación de servicios de Intermediación Laboral, bajo la naturaleza de Servicios Temporales, Complementarios y Especializados ya sea de forma individual o momentánea. Tiene como finalidad exclusiva la prestación de servicios por parte de una segunda empresa, por lo que involucra a tres agentes: la empresa intermediadora, la empresa usuaria y los trabajadores mediante los cuales se brinda el servicio de intermediación laboral.
Base legal:
Ley Nº 27626, Arts. 9º, 10°, 13º, 14º, 16º y 19º, del 09/01/2002;
D.S.Nº 003-2002-TR, Arts. 7º y 8º del 28/04/2002;
SERVICIOS TEMPORALES
Se realiza el destaque de personal de una empresa de Intermediación Laboral a una empresa denominada usuaria para desarrollar labores temporales correspondientes a los contratos de naturaleza ocasional o de suplencia.
SERVICIOS COMPLEMENTARIOS
Son objeto de intermediación los servicios de los trabajadores destacados para desarrollar actividades accesorias y no vinculadas al giro principal de la empresa usuaria.
SERVICIOS ESPECILIZADOS
Son objeto de intermediación los servicios de los trabajadores destacados para desarrollar actividades de alta especialización que no están vinculados al giro principal de la empresa usuaria.
COOPERATIVA DE TRABAJO TEMPORAL
Entidades constituidas específicamente para destacar a sus socios trabajadores a una empresa usuaria mediante los contratos temporales.
COOPERATIVAS DE TRABAJOS Y FOMENTO DEL EMPLEO
Entidades dedicadas a prestar servicios de carácter complementario o especializado mediante el destaque de sus socios trabajadores a las empresas usuarias.
INSCRIPCIÓN
La empresa deberá presentar una solicitud (Anexo 1 / Anexo 2 / Anexo 3), adjuntando los siguientes requisitos:
- Copia simple de escrituras de constitución y sus modificaciones, los que deben encontrase por orden de fechas.
* Acreditar un capital social suscrito y pagado no menor a cuarenta y cinco (45) UITs o su equivalente en certificados de aportaciones, al momento de su constitución. Si al momento de su constitución la entidad no cumpliera con acreditar este monto de capital social, deberá acreditarlo a la fecha en que presenta la solicitud de inscripción en el Registro, debiendo mantenerlo así durante su vigencia.
- Ficha RUC
- Copia de la autorización expedida por la entidad competente, en aquellos casos en que se trate de entidades que requieran un registro o autorización de otro Sector.
- Declaración Jurada simple y escrita en la que conste el domicilio actual de la entidad. En el caso que la entidad contará con establecimiento anexo ubicados en zonas diferentes a su sede principal, deberá indicar este hecho en la solicitud. (Anexo 4)
- Copia de Documento de Identidad del representante legal (gerente general).
- Declaración Jurada simple del centro de trabajo donde se lleva la documentación laboral de los trabajadores. (Anexo 5)
- Constancia de pago de tasa de 1.7321% de una UIT abonado al Banco de la Nación. (N° Cuenta Gobierno Regional de Apurímac 181-016191)
Todos los documentos deben estar debidamente foliado, manteniéndose así durante su tramitación.
RENOVACIÓN
Las empresas o entidades deben presentar la solicitud de renovación (Anexo 6) dentro de los treinta (30) días naturales previos al vencimiento de su registro, adjuntando los siguientes requisitos:
- Declaración Jurada de cumplimiento de los requisitos exigidos por Ley. (Anexo 7)
- Copia de la resolución de autorización del Sector correspondiente, el cual deberá encontrase vigente. Dicha resolución, debe ser tanto de la sede principal como de cada uno de los establecimientos anexos, si lo tuviere.
- Declaración Jurada simple de domicilio de la entidad y de cada establecimiento anexo, de ser el caso. (Ver Anexo 4)
- Constancia de pago de tasa de 1.25% de una UIT abonado al Banco de la Nación. (N° Cuenta Gobierno Regional de Apurímac 181-016191)
VARIACIÓN DE DOMICILIO
Las Empresas o Entidades que realicen el cambio de su domicilio, deberán comunicarlo presentando una solicitud según formato (Anexo 8), adjuntando lo siguiente:
- Ficha RUC, donde indique el nuevo domicilio de la empresa o entidad.
- Declaración Jurada indicando el nuevo domicilio de la entidad.
VARIACIÓN DE RAZÓN SOCIAL
Si la empresa o entidad modifica su razón social durante la vigencia de su registro, deberá presentar una solicitud según formato (Anexo 9), adjuntando lo siguiente:
- Ficha RUC, en el cual indique la nueva razón social de la entidad.
- Copia de la escritura pública de cambio de razón social debidamente inscrito en la Oficina Registral correspondiente.
PARA AMPLIACIÓN DEL OBJETO SOCIAL
Si la empresa o entidad realiza alguna ampliación de su objeto social, debe comunicarlo presentando una solicitud según formato (Anexo 10), adjuntando lo siguiente:
- Copia de la escritura pública de ampliación o modificación del objeto social debidamente inscrito en la Oficina Registral correspondiente.
- Si solicitan la ampliación para realizar servicios complementarios y especializados, los cuales requieran la autorización de otro Sector, deberán presentar una copia de la resolución de autorización del Sector competente.
APERTURA DE SUCURSALES
Para este procedimiento se presentan dos casos:
- Cuando la empresa o entidad opera con otros establecimientos anexos al momento de solicitar su registro, debe comunicarse en la misma solicitud de registro de la sede principal según formato (Ver Anexo 3), adjuntando además de los requisitos establecidos, los siguientes documentos:
- Copia de la escritura pública de constitución de creación de sucursal debidamente inscrita en la Oficina Registral del lugar donde se abrirá la sucursal.
- Ficha RUC, donde debe indicar el domicilio de cada establecimiento anexo.
- Declaración Jurada simple donde debe indicar los domicilios de los establecimientos anexos, indicando distrito, provincia y departamento.
- Las entidades que soliciten la ampliación del registro para realizar servicios complementarios y especializados, los cuales requieran la autorización de otro Sector, deberán presentar una copia de la resolución de autorización del Sector competente, el mismo que debe estar autorizado para cada zona de operaciones del establecimiento anexo.
- Cuando la empresa o entidad abre nuevos establecimientos anexos con posterioridad a su registro, debe comunicar mediante una solicitud según formato (Anexo 11), adjuntando los siguientes documentos:
-
- Ficha RUC, donde deberá indicar el domicilio de cada establecimiento anexo.
- Declaración Jurada simple donde debe indicar los domicilios de los establecimientos anexos, indicando distrito, provincia y departamento.
- Las entidades que soliciten la ampliación del registro para realizar servicios complementarios y especializados, los cuales requieran la autorización de otro Sector, deberán presentar una copia de la resolución de autorización del Sector competente, el mismo que debe estar autorizado para cada zona de operaciones del establecimiento anexo.
- En el caso de Sucursal: Copia de la escritura pública de constitución, debidamente inscrita en la Oficina Registral del lugar donde se abrirá la sucursal.
- Constancia de pago de tasa de 1.1750% de una UIT abonado al Banco de la Nación. (N° Cuenta Gobierno Regional de Apurímac 181-016191)
TOMA DE CONOCIMIENTO DE LA APERTURA DE SUCURSALES, OFICINAS, AGENCIAS O LOCAL DE SERVICIOS
Cuando la empresa o entidad abre nuevos establecimientos, con fecha posterior a su registro, presentará una solicitud (Anexo 12), adjuntando sólo la Copia de la Constancia de Inscripción de la sede principal.
TOMA DE CONOCIMIENTO DE DESARROLLO DE ACTIVIDADES
Si la empresa o entidad cuenta con personal destacado en zonas donde no tenga autorización de operar con establecimientos anexos, sólo podrá desarrollar actividades, cuando se haya celebrado contrato de locación de servicios con la empresa usuaria cuya duración sea como máximo de hasta tres (03) meses. Para tal efecto, presentará una solicitud (Anexo 13), adjuntando Copia de la Constancia de Inscripción de la sede principal y copia de la autorización expedida por la entidad del Estado competente, en aquellos casos que requieran un registro de otro Sector.
REGISTRO DE CONTRATOS DE LOCACIÓN DE SERVICIOS CELEBRADOS CON EMPRESAS USUARIAS
Cuando las empresas o entidades hayan celebrado contratos de locación de servicios con las empresas usuarias a las que brindarán servicios de intermediación los servicios de intermediación laboral, deberán presentar una solicitud según formato (Anexo 14), adjuntando los siguientes documentos:
- Copia de los contratos suscritos con las empresas usuarias por triplicado.
- Formato de la Hoja Informativa con la descripción de los contratos suscritos con las empresas usuarias. (Anexo 15)
- Los contratos suscritos con las empresas usuarias se presentan dentro de los quince (15) días naturales desde su suscripción, pasado este tiempo deberá pagar por presentación extemporánea la tasa de 0.1833% de una UIT abonado al Banco de la Nación. (N° Cuenta Gobierno Regional de Apurímac 181-016191)
NÓMINA DE TRABAJADORES (PARA EL CASO DE LAS COOPERATIVAS)
Cuando las Cooperativas tengan trabajadores y se encuentren destacados a las empresas usuarias, deben presentar una solicitud (Anexo 16), adjuntando la relación/nómina de los trabajadores destacados a las empresas usuarias (Anexo 17).
PRESENTACIÓN DE ESTADÍSTICA TRIMESTRAL
Deben cumplir con presentar una solicitud según formato (Anexo 18), adjuntando el formato correspondiente (Anexo 19). El plazo de presentación es dentro de los primeros cinco (05) días hábiles de los meses de abril, julio, octubre y enero.